Cómo contabilizar los dividendos a cobrar y su tributación fiscal

Los dividendos son una forma de remuneración a los accionistas y participantes en fondos de inversión, un ingreso que tenemos que contabilizar correctamente para un posterior tratamiento fiscal.

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En este artículo vamos a profundizar en cómo contabilizar los dividendos a cobrar y su tributación fiscal en función de si los receptores son personas físicas o jurídicas.

Aspectos a tener en cuenta de los dividendos a cobrar

Los dividendos a cobrar se encuentran regulados en el apartado 3 “Intereses y dividendos recibidos de activos financieros, para las pequeñas y medianas empresas (PYMES)”, dentro de las normas de registro y valoración número 8: Activos financieros.

Los dividendos a cobrar se reconocen como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias una vez se declara el derecho a recibirlos.

Para contabilizar los dividendos, se deben tener en cuenta dos fechas importantes:

  • La fecha en la que se reconoce el derecho a recibir los dividendos.
  • La fecha en la que se reciben.

Cuentas contables que se utilizan para contabilizar los dividendos a cobrar

  • 545 Dividendo a cobrar
  • 760 Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio
  • 473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
  • 57 Tesorería

Asiento contable de dividendos a cobrar

Cuando se genera el dividendo a cobrar debemos realizar un primer asiento del total del importe que vamos a cobrar, este importe será bruto y no se deducirá nada en cuestión de retenciones.

Asiento dividendos a cobrarDebeHaber
545 Dividendo a cobrarX
760 Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonioX

En el momento de cobrar el dividendo, directamente el emisor nos aplica la retención pertinente según la legislación que exista en el año, por lo que el asiento quedaría como el siguiente.

Asiento cobro dividendoDebeHaber
473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuentaX
572 BancosX
545 Dividendo a cobrarX

Ejemplo sobre contabilizar dividendos a cobrar

Supongamos que la empresa Maravillas S.A. acuerda el 01/08/2023 repartir 10.000€ en dividendos entre sus accionistas, dónde uno de los accionistas es Colores S.L. que invirtió en acciones hace varios años con una participación del 10% de la empresa Maravillas S.A., por lo que recibiremos 15 días después en nuestra cuenta bancaria en concepto de dividendos 1.000€, veamos cuál sería el asiento contable.

Asiento 01/08/2023DebeHaber
545 Dividendo a cobrar1.000
760 Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio1.000
Asiento cobro dividendo 15/08/2023DebeHaber
473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta190
572 Bancos810
545 Dividendo a cobrar1.000

¿A cuánto tributan de los dividendos a cobrar en España?

La tributación de los dividendos a cobrar depende de si los receptores son personas físicas o jurídicas, veamos cuanto tributa cada persona

Tributación de persona física de dividendos

Cuando una persona física recibe el cobro de dividendos, debe declararlo en el Impuesto sobre la Renta como base del ahorro. La tributación se realiza de acuerdo los siguientes tramos:

  • Hasta 6.000€ tributa al 19%
  • Entre 6.000€ y 50.000€ tributa al 21%
  • A partir de 50.000€ tributa al 23%

Si el dividendo obtenido es menor a 6.000€, no implica una cuota a abonar en la declaración de la renta. No obstante, si el monto es mayor, sí genera una cuota a pagar. Esto se debe a que, al momento de recibir el dividendo, la empresa emisora ya ha retenido un 19% del mismo. Al analizar la escala impositiva, en ciertos casos la retención resulta mayor a ese porcentaje, generando una diferencia que conlleva un aumento en la cuota a abonar en la declaración de la renta.

Tributación de la persona jurídica de dividendos

En el caso de las personas jurídicas, es posible aplicar la deducción por doble imposición tanto para dividendos de empresas españolas como para aquellos de organizaciones no españolas.

Al recibir un dividendo de una compañía extranjera en la cual se posea al menos el 5% del capital social, una entidad legal puede deducir el impuesto sobre beneficios pagado en el extranjero por la empresa que realiza la distribución.

Por otro lado, al obtener el dividendo de una empresa española, la distribución ofrece una deducción del 50% al 100% si se posee el 5% de las participaciones de dicha entidad durante el año previo.