Llega el momento de contabilizar el Impuesto de Sociedades, uno de los tributos más importantes en cualquier empresa, pero no te preocupes, aquí te vamos a enseñar todos los conceptos que tienes que tener en cuenta, los asientos contables antes, durante y después del asiento del Impuesto de Sociedades, y consejos a tener en cuenta.
El impuesto que grava los beneficios obtenidos por las PYMES, cualquier tipo de sociedad y otras entidades jurídicas, siendo el tipo general del 25% actualmente en España.
El impuesto se calcula aplicando un tipo impositivo al beneficio contable, ajustado por ciertas diferencias y deducciones fiscales, aunque existe un tipo general, también existen otros tipos como el reducido del 20% para cooperativas o un 15% para emprendedores, y otros tipos especiales para entidades específicas.
Entendiendo el Impuesto de Sociedades: Conceptos básicos
El impuesto de sociedades es un tributo fundamental en el ámbito empresarial, que grava los beneficios obtenidos por las entidades jurídicas.
Su cálculo se basa en la aplicación de un tipo impositivo sobre el beneficio contable de la empresa, el cual puede estar sujeto a ajustes y deducciones fiscales, un ejemplo muy básico es si una empresa tiene un beneficio de 100.000€, debemos aplicar el 25% del Impuesto de Sociedades, por lo que debemos de pagar 25.000€ y obtedríamos un beneficio neto de 75.000€.
Este impuesto es crucial tanto desde la perspectiva fiscal como contable, ya que su tratamiento adecuado refleja la situación financiera real de la empresa y cumple con las obligaciones tributarias.
La contabilización del impuesto de sociedades implica un proceso detallado, debiendo identificar la base imponible hasta realizar los ajustes necesarios por diferencias temporarias o permanentes.
Los conceptos básicos a la hora de contabilizar el Impuesto de Socidiedades que debemos de tener presentes son los siguientes:
- Base imponible: Beneficio contable ajustado según normativas fiscales, es el importe al que aplicaremos el porcentaje que nos corresponde del Impuesto de Sociedades.
- Tipo impositivo: Porcentaje aplicado sobre la base imponible para calcular el impuesto.
- Diferencias temporarias: Ajustes que afectarán la carga fiscal en ejercicios futuros.
- Diferencias permanentes: Ajustes que no tienen efecto en ejercicios futuros.
- Cuota íntegra: Impuesto calculado antes de aplicar deducciones y bonificaciones.
- Cuota líquida: Impuesto a pagar después de retenciones y pagos a cuenta.
- Impuesto diferido: Reconocimiento de activos y pasivos por diferencias temporarias.
- Pérdidas fiscales a compensar: Posibilidad de reducir la base imponible en ejercicios futuros con pérdidas de ejercicios anteriores.
Ejemplos de cómo contabilizar el Impuesto de Sociedades
Ahora entramos de lleno en su contabilización y cuáles son los asientos contables a realizar, empezamos por un ejemplo con una sociedad que ha dado beneficios y luego mostramos otro ejemplo con pérdidas.
Ejemplo asientos contables del Impuesto de Sociedades con beneficio
La empresa «Tech innovaciones de todas las cosas S.L.», dedicada a la venta de equipos tecnológicos, cierra su ejercicio fiscal con un beneficio contable de 150.000 €. Durante el año, ha realizado pagos a cuenta por un total de 20.000 € y ha aplicado amortizaciones contables superiores a las fiscales, generando una diferencia temporaria de 5.000 €. El tipo impositivo aplicable es del 25%.
Primero vamos a calcular el impuesto según el tipo impositivo que nos corresponde:
- Impuesto sobre beneficios: 37.500 € (25% de 150.000 €)
Como hemos realizado pagos a cuenta durante el ejercicio, debemos restarlos del impuesto:
- Impuesto 37.500 € – 20.000 € pagos a cuenta = 17.500 €
Por lo que el asiento contable del impuesto sería el siguiente:
Asiento contable Impuesto de Sociedades (25%) | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
6300 Impuesto sobre beneficios | 37.500 | |
473 H.P. retenciones y pagos a cuenta | 20.000 | |
4752 H.P. Acreedora por Impuesto Sociedades | 17.500 |
Cómo disponemos de diferencias temporarios, contabilizaremos en las cuentas correspondientes según legislación fiscal y legislación en el PGC español, hasta que se regularice al año siguiente.
El cálculo se realizaría así:
- Impuesto sobre beneficios diferido: 1.250 € (25% de 5.000 €)
Asiento contable impuesto diferido por diferencias temporarias | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
4740 Activos por diferencias temporarias deducibles | 1.250 | |
6301 Impuesto sobre beneficios diferido | 1.250 |
En cuanto se regularice la diferencia temporaria, el asiento sería justo al revés.
Asiento contable regular diferencia temporaria | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
6301 Impuesto sobre beneficios diferido | 1.250 | |
4740 Activos por diferencias temporarias deducibles | 1.250 |
Y por último cuando paguemos el impuesto de sociedades en la fecha que tengamos el pago en el banco, debemos de realizar el siguiente asiento.
Asiento contable pago Impuesto de Sociedades | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
4752 Hacienda Pública, Acreedora por Impuesto de Sociedades | 17.500 | |
572 Banco | 17.500 |
Esto sería un ejemplo con una empresa que genera beneficios, siempre después de revisar todos los conceptos, cuentas y ajustes que se deben de realizar previamente.
Ejemplo de contabilizar el Impuesto de Sociedades de una empresa que da pérdidas
La empresa «Green Energy por un Aire más Puro S.L.», que se dedica al desarrollo de tecnologías sostenibles, cierra su ejercicio fiscal con una pérdida contable de 50.000 €, por lo que debemos de calcular el Impuesto de sociedades:
- Impuesto convertido en créditos por pérdidas a compensar: 12.500 € (25% de 50.000 €)
Asiento contable Impuesto de Sociedades (25%) | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
4745 Créditos por pérdidas a compensar | 12.500 | |
6301 Impuesto diferido: | 12.500 |
Al año siguiente, si la sociedad obtiene beneficios y tiene que pagar impuesto de sociedades, podrá compensar parte de este impuesto con las bases imponibles negativas acumuladas del año anterior.
Esto significa que el impuesto a pagar se reducirá por el importe de las pérdidas pendientes de compensar.
Este proceso ayuda a mitigar la carga fiscal en un año rentable, aprovechando las pérdidas anteriores.
En términos contables, se revertirá el crédito fiscal reconocido previamente, ajustando el impuesto diferido y reduciendo la cantidad de impuesto sobre beneficios a pagar.
Revisiones previas al cálculo del Impuesto de Sociedades
Antes de proceder al cálculo del impuesto de sociedades, es fundamental revisar ciertos asientos contables que sentarán las bases para una correcta determinación del impuesto.
Esta revisión es esencial para asegurar que todos los ingresos y gastos estén adecuadamente registrados y que el resultado contable refleje fielmente la realidad económica de la empresa.
Revisión de ingresos y gastos
Es crucial verificar que todos los ingresos y gastos del ejercicio estén correctamente registrados.
Esto incluye la revisión de facturas, recibos, y otros documentos justificativos, generalmente lo ideal es comprobar los saldos de cada proveedor, para conocer si existen facturas pendientes de recibir o de saldar, igualmente con las facturas de clientes.
También es recomendable revisar que no hay importes «extraños», por ejemplo, si normalmente las facturas que emitimos a clientes tienen importes de 50 a 200 euros y vemos una de 2000 euros, es posible que la tengamos mal contabilizada, ya que hemos añadido un 0 sin querer el día que la contabilizamos.
Amortizaciones y provisiones
Se deben contabilizar adecuadamente las amortizaciones del inmovilizado y las provisiones para riesgos y gastos, ya que impactan directamente en el resultado contable.
En referencia a las amortizaciones, comprobaremos los activos que tenemos, que sigan su depreciación mensual de manera correcta y verificar que ningún activo se haya dado de baja en el año fiscal, e igualmente con las provisiones, de cara a ofrecer una imagen más fiel de la empresa en el resultado del ejercicio.
Reclasificación de cuentas
Asegurar que todas las operaciones estén clasificadas en las cuentas correctas, por ejemplo, separar los ingresos financieros de los ingresos operativos, si disponemos de deudas tener las reclasificaciones de largo plazo a corto plazo contabilizadas y otros asientos obligatorios que debemos hacer una vez al año.
Regularización de existencias
Realizar un inventario físico y ajustar las cuentas de existencias para reflejar el valor real de los bienes almacenados, es verdad que las existencias no está presente en todas las empresas, generalmente las de prestación de servicios no disponen de existencias como tal.
En caso de disponer de existencias, se deben de contabilizar la existencias iniciales y las finales, un concepto llamado «variación de existencias», que es restando las existencias en el inicio del ejercicio con las existencias que disponemos al final del mismo, dando un resultado negativo, que reflejaremos como gasto, o positivo, que reflejaremos como ingreso.
Otras consideraciones
Hay otras consideraciones a tener en cuenta antes del cálculo dependiendo del tipo de empresa u organización, ya que hay leyes específicas muchas veces en cada sector, veamos algunas de las más comunes:
- Reconocimiento de ingresos diferidos: Para empresas con ingresos que se devengarán en ejercicios futuros que se encuentren totalmente justificados.
- Ajustes por operaciones no habitual: Como la venta de un activo fijo o reestructuraciones empresariales que impliquen una modificación sustancial en el cálculo del Impuesto de Sociedades.
- Ajustes por diferencias cambiarias: Si la empresa tiene operaciones en moneda extranjera es posible que tengamos diferencias en el cambio de moneda, ya que va fluctuando diariamente.
Ajustes en el Impuesto de Sociedades
En el proceso de contabilización del impuesto de sociedades, las regularizaciones y ajustes son pasos críticos para asegurar una correcta base imponible. Los principales ajustes que pueden surgir son las siguientes:
Diferencias temporarias y permanentes
Las diferencias fiscales y contables en el Impuesto de Sociedades surgen debido a la variabilidad en la declaración de ingresos y gastos, afectando la fiscalidad del impuesto.
Estas diferencias pueden ser permanentes, las cuales no afectan futuros ejercicios fiscales, como los gastos no deducibles, o temporarias, que tienen incidencia en la carga fiscal futura, que suelen originarse por variaciones entre la base imponible y el resultado contable, y suelen revertir en períodos posteriores.
Estas diferencias requieren el reconocimiento de activos o pasivos por impuesto diferido.
Ajustes por cambios en el tipo impositivo
Los ajustes por cambios en el tipo impositivo en el impuesto de sociedades se realizan por varias razones como:
- Modificaciones legislativas: Cambios en la legislación fiscal que alteran los tipos impositivos aplicables a las empresas, en España si realizas nuevas contrataciones de trabajadores con contrato fijo, o cambios por colaboración con medio ambiente o energía verde, pueden implicar cambios.
- Reformas fiscales: Amplias reformas en el sistema tributario que pueden incluir ajustes en los tipos impositivos.
- Decisiones políticas: Cambios impulsados por políticas gubernamentales, como medidas de estímulo económico o ajustes fiscales.
- Alineación con normativas internacionales: Cambios para cumplir con estándares fiscales internacionales o acuerdos comerciales, sobre es muy común que se regule a nivel europeo.
Es importante que para este ajuste se confirme todo con un asesor experto en tema fiscal.
Regularización de diferencias en cierre de ejercicio
En el cierre del ejercicio, las empresas realizan ajustes significativos para alinear sus registros contables con los requisitos fiscales.
Un paso es la reconciliación del resultado contable con la base imponible fiscal, que implica ajustar el resultado contable por diferencias permanentes, que son variaciones entre los ingresos y gastos contables y los aceptados fiscalmente, que afectan únicamente al ejercicio actual.
También se realiza la regularización de las pérdidas fiscales a compensar, donde las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores se utilizan para reducir la base imponible actual, lo que puede influir significativamente en el cálculo del impuesto de sociedades.