Te ayudamos a entender qué es una factura intracomunitaria, cuándo se aplica, cómo debe emitirse y qué requisitos legales deben cumplirse.
Ya seas empresario, autónomo o estudiante de contabilidad, aquí encontrarás una guía clara y práctica para comprender este concepto.
En el contexto actual de globalización y comercio abierto dentro de la Unión Europea (UE), muchas empresas, grandes y pequeñas, realizan operaciones con clientes o proveedores de otros Estados Miembros, y requieren un tratamiento contable y fiscal específico, y ahí es donde las facturas intracomunitarias juegan un papel clave.
¿Qué es una factura intracomunitaria?
Una factura intracomunitaria es el documento que acredita una operación comercial —ya sea una venta o una prestación de servicios— entre dos empresas o profesionales establecidos en distintos países de la Unión Europea.
La característica principal de este tipo de factura es que, bajo ciertas condiciones, no lleva IVA en origen. En lugar de aplicarse el impuesto en el país del vendedor, la obligación de declarar y pagar el IVA se traslada al comprador, quien debe hacerlo en su propio país.
Este mecanismo se conoce como inversión del sujeto pasivo y forma parte del principio de tributación en destino.
Para que una operación pueda considerarse intracomunitaria y beneficiarse de la exención de IVA, deben cumplirse ciertos requisitos fundamentales:
- Tanto el vendedor como el comprador deben estar registrados como operadores intracomunitarios.
- El transporte de los bienes debe realizarse efectivamente de un Estado miembro a otro.
- En caso de servicios, deben aplicarse las reglas específicas de localización establecidas para operaciones entre empresas (B2B).
Tipos de operaciones intracomunitarias
Las operaciones que generan facturas intracomunitarias pueden clasificarse, en términos generales, en tres grandes categorías:
1. Entregas intracomunitarias de bienes
Se producen cuando una empresa vende productos físicos que son transportados desde un Estado miembro a otro. Es imprescindible que el comprador esté identificado con un NIF-IVA válido y que el vendedor justifique el envío con la documentación correspondiente. En estos casos, la factura se emite sin IVA, ya que la operación está exenta.
2. Adquisiciones intracomunitarias de bienes
Son las compras realizadas por una empresa nacional a un proveedor de otro país de la UE. El proveedor emite la factura sin IVA, y es la empresa compradora quien debe autoliquidar el impuesto en su país, aplicando el tipo impositivo correspondiente.
3. Prestaciones de servicios intracomunitarios
Cuando una empresa española presta o recibe un servicio de otra empresa establecida en otro Estado miembro, la factura se considera también intracomunitaria. En la mayoría de los casos, el servicio se localiza en el país del destinatario y también se aplica la inversión del sujeto pasivo. Es decir, el receptor del servicio declara simultáneamente el IVA repercutido y soportado en su contabilidad.
Estas operaciones están reguladas por normas comunes a nivel europeo, pero requieren conocer bien las condiciones para aplicar correctamente la exención de IVA o la autoliquidación.
Requisitos de una factura intracomunitaria
Para que una factura intracomunitaria sea válida y cumpla con los requisitos fiscales, debe incluir los elementos generales de cualquier factura, junto con algunos detalles adicionales específicos de este tipo de operaciones:
Ambas partes deben estar registradas en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), ya que muchas veces por ser un país de la Unión Europea creemos que es suficiente, pero no es así, es impensable que este registrado en el ROI, se puede verificar en el siguiente enlace con el sistema VIES.
- Datos completos del emisor y del receptor: Nombre o razón social, dirección fiscal y país de residencia.
- Número de factura: Con numeración correlativa. Algunas empresas utilizan series distintas para identificar fácilmente las facturas intracomunitarias (por ejemplo: INTRA-2025-001).
- NIF-IVA del emisor y del receptor: Deben aparecer correctamente en la factura.
- Fecha de emisión de la factura.
- Descripción detallada de los bienes o servicios: Indicando cantidades, precios unitarios y totales.
- Referencia expresa a la exención de IVA: Debe incluirse una mención como: “Operación exenta de IVA conforme al artículo 138 de la Directiva 2006/112/CE” o una expresión similar.
En la siguiente imagen tienes un ejemplo de una factura intracomunitaria mencionando los datos más importantes.
El NIF-IVA: elemento clave en las operaciones intracomunitarias
El NIF-IVA (Número de Identificación Fiscal a efectos del IVA) es un código específico que permite identificar a las empresas que operan dentro del comercio intracomunitario. En España, este número comienza con el prefijo «ES» seguido del NIF o CIF de la empresa.
Para emitir o recibir facturas intracomunitarias, no basta con tener un NIF ordinario, es obligatorio inscribirse previamente en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) mediante la presentación del modelo 036, marcando las casillas correspondientes (habitualmente la 582 y la 584), y una vez autorizado, la empresa puede operar legalmente en el marco del IVA intracomunitario.
Antes de emitir una factura sin IVA a un cliente de otro país de la UE, es imprescindible verificar que su NIF-IVA esté activo.
Para ello, se debe utilizar la plataforma VIES (VAT Information Exchange System), una herramienta online proporcionada por la Comisión Europea que permite comprobar la validez de los NIF-IVA en tiempo real.
Normativa aplicable: europea y española
Las operaciones intracomunitarias están reguladas por normas tanto de ámbito comunitario como nacional, que deben aplicarse de forma conjunta:
- Normativa europea: La principal referencia normativa a nivel europeo es la Directiva 2006/112/CE del Consejo, que regula el sistema común del IVA en la Unión Europea. Esta directiva establece las condiciones para que las entregas de bienes y las prestaciones de servicios entre Estados miembros estén exentas de IVA, así como los requisitos de facturación.
- Normativa española: En España, las operaciones intracomunitarias están reguladas por la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, concretamente en sus artículos 71 a 74, que abordan el tratamiento fiscal de las adquisiciones y entregas de bienes entre Estados miembros.
Además, el Real Decreto 1619/2012, que regula las obligaciones de facturación, establece los requisitos formales que deben cumplir todas las facturas, incluidas las intracomunitarias. Este reglamento exige, por ejemplo, la mención expresa a la exención de IVA en la factura, y el uso correcto del NIF-IVA de ambas partes.
Proceso para emitir y recibir una factura intracomunitaria
Te explico de manera breve cuales son los pasos cuando emitimos una factura intracomunitaria o cuando la recibimos.
Cómo emitir una factura intracomunitaria (ventas)
Cuando una empresa española realiza una venta de bienes o presta un servicio a una empresa ubicada en otro país de la Unión Europea, debe seguir una serie de pasos para emitir correctamente la factura:
- Verificar el NIF-IVA del cliente: Antes de emitir la factura sin IVA, es obligatorio comprobar que el cliente está dado de alta como operador intracomunitario. Esta verificación se realiza a través del sistema VIES. Si el cliente no está registrado en el ROI de su país, la operación no podrá beneficiarse de la exención de IVA.
- Emitir la factura sin IVA: Una vez confirmado que ambas partes están registradas, la factura se emite sin aplicar el IVA español. Esta exención solo es válida si el transporte de la mercancía o la prestación del servicio se realiza efectivamente entre dos Estados miembros distintos.
- Incluir la mención de exención: La factura debe contener una referencia expresa a la normativa que justifica la exención, como: “Operación exenta de IVA conforme al artículo 138 de la Directiva 2006/112/CE”.
- Declarar la operación en el modelo 349: La empresa debe incluir la operación en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, mediante el modelo 349, que se presenta de forma mensual o trimestral según el volumen de operaciones.
Cómo recibir una factura intracomunitaria (compras)
Cuando una empresa española recibe una factura de un proveedor situado en otro país de la Unión Europea, también debe seguir ciertas obligaciones contables y fiscales:
- Verificar los datos del proveedor: Es importante comprobar que el proveedor extranjero también figura como operador intracomunitario en el sistema VIES y que su NIF-IVA aparece correctamente en la factura.
- Confirmar que la factura se emite sin IVA: La factura debe venir exenta de IVA, ya que se trata de una operación intracomunitaria. Si incluye el IVA del país de origen, la empresa española no podrá deducírselo en su declaración de IVA.
- Autoliquidar el IVA: La empresa española debe calcular y declarar el IVA como si ella misma hubiera realizado la venta. Para ello, debe contabilizar el IVA repercutido y el IVA soportado de forma simultánea, generando un efecto neutro en la liquidación.
- Incluir la operación en los modelos fiscales: La adquisición se declara en el modelo 349 y también se incluye en el modelo 303 de liquidación periódica del IVA. De esta forma, la Administración Tributaria tiene constancia tanto de la adquisición como del impuesto autoliquidado.
Si deseas saber cómo contabilizar una factura intracomunitaria, pincha aquí y verás una guía completa.
Casos especiales y consideraciones importantes
Operaciones triangulares
Las operaciones triangulares se producen cuando intervienen tres empresas situadas en distintos Estados miembros de la UE, donde en estos casos, la empresa intermediaria (B) realiza una compra a un proveedor (A) y revende directamente a un cliente final (C), sin que los bienes pasen físicamente por el país de B.
Ejemplo:
- A (Francia) vende a B (España).
- B vende a C (Italia).
- Los bienes se transportan directamente de A a C.
Tratamiento fiscal:
- A emite una factura sin IVA a B.
- B emite una factura sin IVA a C, indicando en la factura que se trata de una operación triangular.
- C se autoliquida el IVA en su país.
Declaración en modelo 349:
La empresa B (intermediaria) debe declarar la operación con la clave «T» en el modelo 349, señalando que se trata de una operación triangular exenta de IVA.
Diferencias entre bienes y servicios
Aunque las reglas generales son similares, existen diferencias clave en el tratamiento de las operaciones intracomunitarias según se trate de bienes o servicios:
- Entregas de bienes: Para aplicar la exención del IVA, debe existir un transporte real de los bienes entre dos Estados miembros. Si no hay traslado físico, la operación no se considera intracomunitaria.
- Prestaciones de servicios: En operaciones B2B (empresa a empresa), los servicios tributan en el país del destinatario. Es decir, el cliente debe autoliquidar el IVA en su país. No se exige transporte físico, pero sí acreditar el vínculo comercial y la condición de operador intracomunitario de ambas partes.
Ventas a particulares de otros países
Cuando una empresa vende a consumidores finales (no empresarios) de otro Estado miembro, el tratamiento fiscal cambia:
- Por defecto, la operación tributa en el país de origen del vendedor.
- Pero si se superan ciertos umbrales de facturación por país, la empresa debe registrarse en el país del cliente y aplicar el IVA de ese país.
Régimen OSS (One Stop Shop):
Para simplificar este proceso, existe el régimen especial de ventanilla única OSS, que permite declarar el IVA de todos los países de la UE desde un único modelo en el país de origen.
Beneficios y desafíos de las operaciones intracomunitarias
Beneficios | Desafíos |
---|---|
Evitan la doble imposición Al aplicar el sistema de autoliquidación del IVA en destino, se elimina la posibilidad de pagar el impuesto dos veces, lo que favorece la competitividad empresarial en el mercado único europeo. | Complejidad administrativa y normativa Aunque existen reglas comunes, la gestión de facturas intracomunitarias requiere conocimientos específicos sobre el IVA europeo y nacional, lo que puede ser difícil para pequeñas empresas sin asesoría especializada. |
Flujo de caja más eficiente Las adquisiciones intracomunitarias no requieren el pago anticipado del IVA al proveedor, lo que mejora la liquidez de las empresas. El IVA se autoliquida y se compensa en la misma declaración. | Complejidad administrativa y normativa Aunque existen reglas comunes, la gestión de facturas intracomunitarias requiere conocimientos específicos sobre el IVA europeo y nacional, lo que puede ser difícil para pequeñas empresas sin asesoría especializada. |
Facilidad de comercio dentro de la UE Gracias a la armonización normativa, las empresas pueden vender y comprar a otros países europeos sin barreras fiscales adicionales, simplificando los procesos logísticos y administrativos. | Obligaciones informativas adicionales Las operaciones deben declararse en el modelo 349 y, en muchos casos, conllevar registros especiales en la contabilidad o libros específicos de IVA. |
Mayor acceso a proveedores y clientes Las operaciones intracomunitarias abren la puerta a nuevos mercados y alianzas comerciales sin necesidad de establecer filiales locales. | Mayor control fiscal y riesgo de inspecciones Dado el uso fraudulento en algunos sectores, como el fraude carrusel, las autoridades fiscales vigilan especialmente este tipo de operaciones. Una gestión deficiente puede activar una inspección tributaria. |
Errores comunes y cómo evitarlos
«Todas las facturas intracomunitarias van sin IVA»
No siempre. Para que una factura esté exenta de IVA:
- Ambas partes deben estar registradas en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
- Debe poder acreditarse el transporte de los bienes entre Estados miembros.
- Deben cumplirse todos los requisitos formales de la factura.
Si no se cumplen estas condiciones, la operación debe ir con IVA del país de origen.
No verificar el NIF-IVA del cliente
Es obligatorio comprobar que el cliente esté dado de alta como operador intracomunitario. Esta verificación puede hacerse gratuitamente en la web del sistema VIES. Si no se realiza, y el cliente no está registrado, la factura no podrá emitirse sin IVA.
Declarar mal el modelo 349
Uno de los errores más frecuentes es no incluir correctamente las operaciones en el modelo 349, especialmente en el caso de servicios, operaciones triangulares o cambios de serie de facturación. Esto puede conllevar sanciones por omisión de datos.