La cuenta contable 471 Organismos de la Seguridad Social, deudores se usa cuando la empresa tiene un crédito (un derecho de cobro) frente a la Seguridad Social.
Dicho de forma muy llana: es dinero que, por un motivo relacionado con prestaciones sociales, la Seguridad Social “le debe” a la empresa.

En la práctica aparece sobre todo en situaciones de nómina, cuando la empresa adelanta importes que realmente son a cargo de la Seguridad Social y después los recupera (normalmente compensándolos).
Es importante entenderla porque evita mezclar cosas distintas, ya que una cosa es lo que la empresa debe pagar a la Seguridad Social (eso sería deuda) y otra cosa es lo que la Seguridad Social debe a la empresa (eso es un crédito).
Características de la cuenta contable 471
Naturaleza contable y ubicación en balance:
- Es una cuenta de activo (derechos de cobro), dentro del subgrupo 47 (Administraciones Públicas).
- Figurará en el activo del balance, porque representa importes a favor de la empresa.
Qué refleja exactamente:
- Refleja créditos a favor de la empresa frente a organismos de la Seguridad Social vinculados a prestaciones sociales. El PGC lo expresa como “créditos a favor de la empresa… relacionados con las prestaciones sociales”.
Movimiento:
- Según el PGC, se carga por las prestaciones a cargo de la Seguridad Social (cuando la empresa adelanta el importe), normalmente con abono a cuentas del subgrupo 57 (tesorería: bancos/caja), porque suele implicar una salida de dinero.
- Se abona al cancelar el crédito (cuando ese derecho de cobro se recupera, ya sea por compensación o por cobro).
Saldo habitual:
- Lo normal es que tenga saldo deudor (positivo en el activo): si existe, significa “la Seguridad Social me debe X”. Si se cancela, el saldo vuelve a cero.
¿En qué situaciones se usan?
- Registrar el pago delegado de una prestación por incapacidad temporal (IT) a cargo de la Seguridad Social.
- Reconocer el crédito frente a la Seguridad Social por importes adelantados al personal y recuperables.
- Compensar importes a favor (471) contra cuotas a ingresar a la Seguridad Social (476).
- Registrar la cancelación del crédito cuando la Seguridad Social devuelve el importe por transferencia bancaria.
- Controlar saldos pendientes de compensación/devolución relacionados con prestaciones sociales.
Definición de la cuenta contable en el PGC
Créditos a favor de la empresa, de los diversos Organismos de la Seguridad Social, relacionados con las prestaciones sociales que ellos efectúan.
Figurará en el activo del balance.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará por las prestaciones a cargo de la Seguridad Social, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
b) Se abonará al cancelar el crédito.
Ejemplos de uso
La empresa paga por banco 600,00€ a un trabajador en concepto de prestación a cargo de la Seguridad Social (pago delegado).
Ese pago genera un derecho de cobro para la empresa y la Seguridad Social “se lo debe” a la empresa, así que nace el crédito en la 471.
Más adelante, al liquidar seguros sociales, la empresa tiene una deuda total con la Seguridad Social (476) y compensa esos 600,00€.
| Cuenta contable | Debe (€) | Haber (€) |
|---|---|---|
| 471 Organismos de la Seguridad Social, deudores | 600,00 | |
| 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros | 600,00 |
Luego la empresa en los seguros sociales compensa ese crédito que tenía en cuenta contable 471.
| Cuenta contable | Debe (€) | Haber (€) |
|---|---|---|
| 476 Organismos de la Seguridad Social, acreedores | 600,00 | |
| 471 Organismos de la Seguridad Social, deudores | 600,00 |