Te explicamos cómo contabilizar el gasto de la ITV de un vehículo, con sus implicaciones fiscales y las diferencias según el tipo de vehículo, titularidad y uso.
En muchas empresas, los vehículos forman parte esencial de la actividad diaria de la empresa, ya sea para reparto, transporte de mercancías o desplazamientos comerciales, por lo que desde el punto de vista contable, este trámite representa un gasto deducible en la empresa.
¿Qué es la ITV y por qué se debe contabilizar?
La Inspección Técnica de Vehículos es un control técnico obligatorio que deben pasar todos los vehículos que circulan por las vías públicas en España, según el Real Decreto 920/2017, y tiene como objetivo comprobar que el vehículo cumple con los requisitos mínimos de seguridad, emisiones y funcionamiento establecidos por la normativa.
Este gasto se considera necesario para que el vehículo pueda seguir utilizándose en la actividad empresarial, por tanto debe contabilizarse y deducir el gasto cuando proceda.
Consideraciones
Titularidad del vehículo
El primer aspecto a revisar es a nombre de quién está registrado el vehículo, si el vehículo pertenece a la empresa, el gasto de la ITV será considerado gasto deducible al 100%, en cambio, si el vehículo está a nombre del empresario individual o de un trabajador, el tratamiento cambia, y lo más habitual es aplicar la regla del 50%, que permite deducir solo la mitad del gasto y del IVA, siempre que el vehículo también se utilice en la actividad económica.
Este punto es especialmente importante en actividades profesionales o autónomos, donde es frecuente utilizar vehículos de uso mixto, ya que en estos casos, Hacienda puede exigir justificación del porcentaje de uso profesional.
Uso del vehículo
El segundo criterio clave es el tipo de uso que se da al vehículo, ya que de ello dependerá la posibilidad de deducir el IVA y el gasto completo.
Si el vehículo se utiliza exclusivamente en la actividad económica (por ejemplo, furgonetas de reparto, vehículos de empresa sin uso personal), la deducción será del 100%.
Este uso debe ser justificable con documentación interna, como registros de trayectos, agenda profesional, o kilometraje, en caso de que Hacienda lo requiera, no solo se trata solo de una práctica contable, sino de una previsión fiscal prudente.
Estructura habitual de una factura de ITV
Las facturas de las estaciones de ITV incluyen generalmente tres conceptos diferenciados: el servicio de inspección, el IVA correspondiente y la tasa de tráfico.
- Base imponible: Corresponde al servicio técnico prestado, es decir, la inspección del vehículo, y sobre esta base se aplica el tipo general del 21% de IVA.
- IVA: Impuesto soportado que puede ser deducible total o parcialmente, dependiendo del uso del vehículo.
- Tasa de tráfico: Es una cantidad fija que se cobra en nombre de la Dirección General de Tráfico (DGT), y no está sujeta a IVA, ya que se trata de un tributo.
Es fundamental identificar claramente qué parte corresponde al servicio sujeto a IVA y cuál corresponde a la tasa exenta.
Cuenta contable según el PGC
La cuenta contable a usar de gasto se encuentra dentro del subgrupo 62 del cuadro de cuentas, ya que podemos usar la cuenta 622 y 629, ambas son válidas, aplica tu criterio y usa siempre la misma cuenta según el principio de uniformidad, te doy más detalles a continuación:
- 622 Reparaciones y conservación: Se puede considerar que la ITV es un mantenimiento necesario para que el vehículo esté en condiciones de seguir prestando servicio.
- 629 Otros servicios: Se entiende que la ITV no implica una reparación física ni una conservación directa del vehículo, sino que es un servicio administrativo y técnico externo.
- 631 Otros tributos: Para registrar tasas oficiales incluidas en la factura de la ITV (como la tasa de tráfico), que no llevan IVA.
- 472 Hacienda Pública, IVA soportado: Para reflejar el IVA deducible del servicio de inspección (normalmente al 21%).
- 410 Acreedores por prestaciones de servicios: Para registrar la deuda con la estación de ITV hasta el momento del pago.
- 570 Caja / 572 Bancos: Para registrar el pago efectivo de la factura.
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Ejemplos prácticos de cómo contabilizar la ITV de vehículos de empresa
Ejemplo 1: Asientos contables de ITV de furgoneta de reparto (uso exclusivo empresarial)
Datos del caso:
- Empresa: Repartos Rápidos S.L.
- Vehículo: Furgoneta propiedad de la empresa (uso 100% profesional).
- Factura ITV:
- Base imponible: 50,00€
- IVA (21%): 10,50€
- Tasa de tráfico: 4,10€
- Total factura: 64,60€
Criterio contable: Se considera gasto de reparación y conservación, por lo tanto se utiliza la cuenta 622.
Contabilización:
Cuenta | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
622 Reparaciones y conservación | 50,00 | |
472 Hacienda Pública, IVA soportado | 10,50 | |
631 Otros tributos (tasa tráfico) | 4,10 | |
410 Acreedores por prestación de servicios | 64,60 |
Asiento del pago posterior:
Cuenta | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
410 Acreedores por prestación de servicios | 64,60 | |
572 Bancos | 64,60 |
Ejemplo 2: Asiento contable ITV de coche comercial (uso mixto)
Datos del caso:
- Empresa: Gestiones y Ventas S.L.
- Vehículo: Coche turismo a nombre de la empresa
- Uso: 50% profesional, 50% personal (uso mixto)
- Factura ITV:
- Base imponible: 40,00€
- IVA (21%): 8,40€
- Tasa de tráfico: 4,10€
- Total factura: 52,50€
Criterio contable: Se considera prestación de servicios, por lo que se utiliza la cuenta 629, y solo es deducible el 50% del IVA (4,20€). El otro 50% se contabiliza como mayor gasto.
Contabilización (parte deducible):
Cuenta | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
629 Otros servicios | 40,00 | |
472 Hacienda Pública, IVA soportado | 4,20 | |
631 Otros tributos | 4,10 | |
410 Acreedores por prestaciones | 48,30 |
Contabilización (parte no deducible del IVA):
Cuenta | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
629 Otros servicios | 4,20 | |
410 Acreedores | 4,20 |
Asiento del pago posterior:
Cuenta | Debe (€) | Haber (€) |
---|---|---|
410 Acreedores por prestación de servicios | 52,50 | |
572 Bancos | 52,50 |